SE EXPIDE LAS NORMAS DE REGULACIÓN PARA LA EMISIÓN DE LIQUIDACIONES DE COMPRA DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR PARTE DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO

El Servicio de Rentas Internas mediante resolución Nro. NAC-DGERCGC22-00000042 expide las normas que regulan la emisión de liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios por parte de las entidades del sector público en la contratación de servicios de carácter excepcional.

Exclusivamente las entidades u organismos del sector público, podrán emitir liquidaciones de compras de bienes y prestación de servicios en la adquisición de servicios de carácter excepcional.

Se consideran prestadores de servicios excepcionales de las entidades u organismos del sector público, únicamente, a los proveedores (personas naturales no obligadas a llevar contabilidad), ni inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).

Se considera como excepcional el servicio, cuando los proveedores sean contratados por la entidad u organismo del sector público, hasta por 2 ocasiones en el mismo ejercicio, sin que entre ambas se supere un plazo de 150 días, y que el honorario pagado no supere el 30% de una fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta, con respecto de un mismo proveedor.

A continuación, podrá revisar la Resolución.

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Fernando Amanta:
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