LEY ORGÁNICA PARA LA IGUALDAD SALARIAL ENTRE MUJERES Y HOMBRES

La Asamblea Nacional del Ecuador aprobó en segundo debate la Ley Orgánica para la igualdad salarial entre hombres y mujeres, mediante el Suplemento No. 481 del Registro Oficial, de 19 de enero de 2024. El objeto, conforme el artículo primero de la ley, señala que esta debe «… garantizar la igualdad de remuneración y cualquier otra retribución económica (…) en el desempeño de un mismo trabajo o para un trabajo de igual valor».

La ley tiene por objeto garantizar la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres en el mismo trabajo o de igual valor. Su finalidad es erradicar prácticas discriminatorias en el ámbito laboral para eliminar la brecha salarial de género. Es obligatoria para empleadores públicos y privados en todo el territorio nacional.

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