LAS CARGAS FAMILIARES PUEDEN PERCIBIR INGRESOS GRAVADOS MENORES AL SALARIO BÁSICO

Mediante Decreto Ejecutivo No. 176 publicado en el Suplemento No. 507 del Registro Oficial el 28 de febrero de 2024 y notificado por el por el Servicio de Rentas Internas (SRI) mediante boletín NAC-COM-24-010, desde el 01 de marzo se pueden considerar como cargas familiares para el Anexo de Gastos Personales (AGP) del período fiscal 2023, a quienes percibieron ingresos gravados que en total no supere los USD 450 (salario básico unificado).

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