IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS Y CRÉDITO TRIBUTARIO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA

Mediante Resolución Nro. CPT-RES-2023-001 del 31 de julio de 2023, el Comité de Política Tributaria incluyó y excluyó algunas subpartidas arancelarias en el listado de materias primas, insumos y bienes de capital importados cuyo Impuesto Salida de Divisas [ISD] puede o no ser utilizado como crédito tributario para el pago del Impuesto a la Renta [IR].

Descargue el documento en formato PDF elaborado por nuestro equipo especializado.

Contáctanos:

equipo-abalt-fotos-2021-04

Héctor Vizuete:
Socio, ABALT Ecuador.
Tel: 0981 899 444 | hector.vizuete@abaltecuador.com