EXPEDIR LAS NORMAS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN, ENDOSO, UTILIZACIÓN Y ANULACIÓN DE LAS NOTAS DE CRÉDITO EMITIDAS POR EL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

El Servicio de Rentas Internas a través de la Resolución Nro. NAC-DGERCGC21-00000051 establece el procedimiento para la emisión, endoso, utilización y anulación de las notas de crédito que emite el Servicio de Rentas Internas – SRI por devolución del Impuestos. Los actos administrativos, sentencias y fallos constituyen antecedente suficiente para la emisión de las respectivas notas de crédito, sin que sea necesaria la expedición de una resolución administrativa adicional. Las unidades competentes liquidarán y registrarán los valores reconocidos, para que la unidad encargada del reintegro realice la emisión de la nota de crédito correspondiente.

Normas para la emisión, endoso, utilización y anulación de notas de crédito desmaterializadas el beneficiario o titular de un Certificado de Abono Tributario emitido por el Servicio Nacional de Adunas – SENAE, podrá solicitar su reemplazo por una nota de crédito desmaterializada, de requerir su uso en el pago de obligaciones tributarias administradas por el Servicio de Rentas Internas, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.

La Administración Tributaria podrá cambiar la forma de reintegro a una nota de crédito desmaterializada en los siguientes casos:

  • De oficio
  • A petición de parte

Una vez que discurra el plazo de cinco años desde la fecha de presentación de la declaración de la que se establezca que el pago fue excesivo, en el que los sujetos pasivos que requieran utilizar las notas de crédito de excepción sólo pueden hacerlo para el pago de obligaciones por el Impuesto a la Renta, se generará un canje automático, eliminando el saldo disponible de la nota de crédito de excepción, y generando en su lugar, un saldo disponible de notas de crédito desmaterializadas, sin restricciones de uso en los distintos conceptos impositivos.

No dude en realizar su consulta o contactarnos, estamos a su entera disposición en el caso de requerir asesoramiento especializado.

A continuación, podrá descargar el texto íntegro de la Resolución.

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Fernando Amanta:
Gerente de Servicios Legales y Tributarios, ABALT Ecuador.
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