IVA AL 8% PARA SERVICIOS TURÍSTICOS DURANTE EL FERIADO DE OCTUBRE
Mediante el Decreto Ejecutivo No. 179, el Presidente Daniel Noboa Azín ha dispuesto que los servicios turísticos definidos en el artículo 5 de la Ley de Turismo apliquen una tarifa del 8% de IVA durante el feriado comprendido entre el jueves 09 y domingo 12 de octubre de 2025.
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