INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS REQUISITOS PARA DEDUCIBILIDAD DE PAGOS A REPRESENTANTES LEGALES EN ECUADOR
Mediante Sentencia No. 2-21-IN/24, de 28 de febrero de 2024, el Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador aceptó parcialmente la acción pública de inconstitucionalidad en contra de la Circular No. NAC-DGECCGC14-00002 (en adelante Circular No. 002) publicada en el Registro Oficial 182 de 12 de febrero de 2014, emitida por el Servicio de Rentas Internas.
La Circular No. 002 establecía que cualquier pago de sueldos, salarios u honorarios de representantes legales de una empresa sería deducible del impuesto a la renta, siempre y cuando la empresa o entidad haya efectuado las correspondientes aportaciones al seguro social bajo el régimen de afiliación obligatoria o bajo el régimen de afiliación voluntaria, según corresponda.
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