DISPOSICIONES SOBRE LA ENTREGA DE COMPROBANTES DE VENTA, RETENCIÓN Y DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS ELECTRÓNICOS

El Servicio de Rentas Internas mediante Circular No. NAC-DGECCGC22-00000003 recuerda a las personas naturales y sociedades, obligados a emitir comprobantes de venta, retención y documentos complementarios de manera electrónica, que:

Los comprobantes de venta, retención y documentos complementarios preimpresos autorizados antes del 09 de junio de 2022, tendrán vigencia hasta la caducidad otorgada en la autorización.

Los comprobantes de venta, retención y documentos complementarios preimpresos autorizados a partir del 09 de junio de 2022, tendrán vigencia hasta la caducidad otorgada en la autorización, siempre y cuando el sujeto pasivo cuente con la autorización para emisión de comprobantes electrónicos antes del 30 de noviembre de 2022, caso contrario los comprobantes tendrán vigencia únicamente hasta el 29 de noviembre de 2022 y a partir del 30 de noviembre no tendrán validez tributaria.

A partir del 30 de noviembre de 2022, exclusivamente los sujetos pasivos que se encuentren en ambiente de producción de comprobantes electrónicos podrán obtener la autorización para emisión de comprobantes preimpresos; mismos que no podrán exceder el 1% del total de comprobantes emitidos en el año anterior.

A continuación, podrá revisar la Circular.

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Fernando Amanta:
Gerente de Servicios Legales y Tributarios, ABALT Ecuador.
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