SE ENCUENTRA DISPONIBLE EL FORMULARIO DE PROYECCIÓN DE GASTOS PERSONALES PARA EL AÑO 2022
El Servicio de Rentas Internas mediante su página web, el día fecha 07 de enero de 2022 informó que se encuentra disponible el formulario único para la proyección de gastos personales, aplicable para el año 2022, que deberá ser presentado por los trabajadores en relación de dependencia a sus empleadores dentro del mes de enero de este año.
La Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID 19 crea una rebaja del Impuesto a la Renta causado por gastos personales por los siguientes conceptos:
-Arriendo o pago de intereses por créditos para adquisición de una sola vivienda.
-Alimentación.
-Pensiones alimenticias.
-Vestimenta.
-Turismo nacional en establecimientos registrados y con LUAE La Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas).
-Salud.
-Educación (incluye los gastos efectuados en arte y cultura).
*Los comprobantes de venta que sustentan gastos personales deben conservarse por siete años.
Cuando el trabajador considere que su proyección de gastos personales es diferente a la originalmente presentada, podrá entregar una nueva a su empleador en los meses de julio o agosto del ejercicio fiscal 2022. También podrá hacerlo en cualquier mes del año, en caso de existir un incremento en el sueldo o salario, o cuando los gastos personales proyectados previamente sean superiores a los que efectivamente se estime efectuar, de acuerdo con lo señalado en la Resolución No. SRI-NAC-DGER2008-0621 publicada en el Registro Oficial No. 344 del 23 de mayo de 2008 y sus reformas.
“Se consideran también los gastos realizados por padres, cónyuge, pareja e hijos, dependientes del contribuyente o de su cónyuge; siempre que no perciban ingresos gravados.”
No dude en realizar su consulta o contactarnos, estamos a su entera disposición en el caso de requerir asesoramiento especializado.
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